Iglesias quiere en prisión como sea al que hizo sonar el himno en su casoplón: ahora le acusa de acoso
Pablo Iglesias quiere a toda costa que quienes protestan ante su casoplón acaben en prisión. Y su decisión se ha centrado con especial virulencia en el caso de Miguel Ángel Frontera, la persona que hizo sonar el himno de España ante la mansión de Galapagar donde viven el vicepresidente social y la ministra de Igualdad, Irene Montero. Ahora, el vicepresidente que tanto disfrutaba antes del “jarabe democrático” amplía su querella contra Frontera para incluir nuevos delitos y sumar, de este modo, una mayor pena de prisión en caso de lograr condenarle. Entre los nuevos delitos que reclama se encuentra el de acoso, penado con hasta 2 años de cárcel, el de desobediencia, castigado con hasta 1 año de prisión, y el de coacciones, con hasta 3 años de cárcel.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Collado Villalba ha recogido la nueva exigencia de Iglesias y ha resuelto ya la concesión parcial de algunas de sus reclamaciones: “Se admite parcialmente la ampliación de la querella formulada por el Procurador de los Tribunales, en representación de D. Pablo Iglesias Turrión, contra D. Miguel Ángel Frontera Díaz, únicamente, por un presunto delito de coacciones del artículo 172 y ss. del Código Penal, un presunto delito de acoso del artículo 172 ter del Código Penal y un presunto delito de desobediencia a agentes de la autoridad del artículo 556 del Código Penal”.
El ansia castigadora de Pablo Iglesias ha tenido que ser limitada parcialmente por el Juzgado. Y es que el vicepresidente social quería más: «Se inadmite a trámite la ampliación de la querella […] respecto al delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197 del Código Penal (por los nuevos hechos denunciado en el escrito de ampliación de querella), al delito de alteración del orden público del artículo 559 del Código Penal y al delito contra los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 325 del Código Penal”.
Porque lo cierto es que Iglesias buscaba un auténtico ensañamiento contra la persona que hizo sonar el himno de España en las protestas ante el casoplón de Galapagar.
El acusado ha protagonizado ya un increíble relato judicial, al que no quieren poner fin ni el vicepresidente Pablo Iglesias ni la ministra Montero, por haberse paseado por delante del casoplón, haber grabado imágenes y haber hecho sonar el himno de España.
Una querella interminable
La acusación inicial, de hecho, era interminable: «El día 23 de julio de 2020 el Procurador de los Tribunales D. Esteban Muñoz Nieto, en representación de D. Pablo Manuel Iglesias Turrión, formuló una querella contra D. Miguel Ángel Frontera Díaz, por un delito de coacciones del artículo 172 y ss. del Código Penal, un delito de acoso del artículo 172 ter del Código Penal, un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197 del Código Penal, un delito de desobediencia a la autoridad del artículo 556 del Código Penal, un delito de alteración del orden público del artículo 559 del Código Penal y un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 325 del Código Penal».
Sólo el delito de revelación de secretos -con penas de 1 a 4 años- hubiese sido suficiente para poder llevar a prisión a Frontera. Ese delito ahora ha sido rechazado judicialmente, aunque Iglesias ha ampliado la querella para intentar evitar que Frontera se libre de la cárcel. La unión del resto del delitos, evidentemente, asegura -en caso de confirmarse en sentencia- una entrada en prisión sin paliativos.
De hecho, el «día 10 de septiembre de 2020 se dictó en las Diligencias Previas no 514/2020 un auto en el que se dispuso, al amparo del artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la retención y conservación, a disposición de este Juzgado, del teléfono móvil de D. Miguel Ángel Frontera Díaz, intervenido por la Guardia Civil de Galapagar».
El nuevo auto señala también que “los hechos que se relacionan en el escrito de ampliación de la querella, consistentes, básicamente, en que, pese a la querella y a la apertura de diligencias previas, D. Miguel Ángel Frontera Díaz seguía merodeando el domicilio de D. Pablo Manuel Iglesias Turrión, acosando al mismo y a su familia, presentan características que hacen presumir la posible comisión de un delito de coacciones del artículo 172 del Código Penal, un delito de acoso del artículo 172 ter del Código Penal y un delito de desobediencia a agentes de la autoridad del artículo 556 del Código Penal”. Porque, según el Juzgado, “la existencia de indicios racionales de la comisión de tales delitos se deduce de las grabaciones de vídeo, y de las capturas de la subida de los vídeos al canal YouTube […], en los que se observa a D. Miguel Ángel Frontera Díaz deambulando por las inmediaciones del domicilio de D. Pablo Manuel Iglesias Turrión, en lo que pudieran ser nuevos actos de hostigamiento”.
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